jueves, 8 de abril de 2010

Cláusulas de confidencialidad

Estimados compañeros,
Hemos observado que recientemente la empresa está haciendo llegar a los trabajadores un documento titulado "Cláusula de Confidencialidad", documento que se supone tenéis que aprobar con vuestra firma y entregar a vuestro responsable.
Por lo que sabemos el documento ha llegado ya a algunos compañeros y, al parecer, será extensivo a la totalidad de los trabajadores.
El documento consta de dos partes, aunque no fácilmente diferenciables a simple vista.
La primera parte es un requerimiento de la LOPD (Ley Orgánica de Protección de Datos) por el que la empresa pone en nuestro conocimiento:
  1. Que posee un fichero con datos personales del trabajador.
  2. Que el trabajador tiene una serie de derechos sobre esos datos.
  3. Que tipo de gestiones va a realizar con esos datos.
La firma de esta parte supone darnos por enterados de esta situación y autorizar el uso de los datos en la forma en que se describe en el texto.
La segunda parte, que se corresponde en exclusiva con el tercer párrafo del texto, es un compromiso que adquiere el trabajador respecto a la no divulgación de cualquier información adquirida en el desempeño de su puesto, compromiso que se adquiriría, en el caso de firmar la hoja.
Queremos señalar que esta cláusula no tiene nada que ver con la anteriormente citada LOPD y que, por tanto, el documento puede inducir a error en una primera lectura, pudiendo hacer caer fácilmente en el error de suponer que este párrafo forma parte del requerimiento legal. De momento desconocemos las consecuencias que podría conllevar para el trabajador la firma de esta cláusula, aunque estamos intentando averiguarlo.
Dado que:
  1. NO existe la obligatoriedad de la firma inmediata, máxime cuando podemos estar adquiriendo compromisos cuyo alcance desconocemos.
  2. Desde la Sección Sindical vamos a solicitar a dirección que separe ambas partes en documentos diferentes, de forma que la firma de uno no conlleve automáticamente a la firma del otro.
Desde la Sección Sindical os aconsejamos que, en caso de dudas no firméis hasta haberlas despejado, bien a través de la información que esperamos poder daros en breve o por cualquier otro medio que consideréis conveniente.

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